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REGÍSTRATE AQUÍEl siniestro se provocó por una falla en el sistema de alumbrado público.
Por: Equipo DF
Publicado: Martes 30 de septiembre de 2008 a las 15:22 hrs.
La Corte Suprema rechazó el recurso presentado por la Compañía General de
Electricidad (CGE) en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, que
condenó a la empresa a pagar la suma de cincuenta millones de pesos a un
poblador que sufrió el incendio de su vivienda debido a una falla en el sistema
de alumbrado público.
En fallo unánime, la Tercera Sala, conformada por los ministros Adalis
Oyarzún, Pedro Pierry, Sonia Araneda y los abogados integrantes Arnaldo
Gorziglia y Hernán Alvarez, desestimó la presentación contra del fallo de la
Corte de Apelaciones de Temuco, el que condenó a la empresa a pagar la suma
antes señalada a Heraldo Gerbier Mora.
El demandante, de 72 años de edad, el 21 de octubre de 1998 sufrió el
incendio de su casa ubicada en la comuna de Padre Las Casas, provocado por una
sobrecarga eléctrica. Así, los peritajes determinaron que el origen del
siniestro se produjo en el exterior, debido a que la conexión del poste no
contaba con el seguro aéreo para evitar estos incidentes.
En primera instancia, el Primer Juzgado Civil de Temuco había establecido una
indemnización de $6.582.247, monto que fue aumentado por la
Corte de Apelaciones de Temuco y ratificado por la Corte Suprema.
Este miércoles, seis compañías tecnológicas presentarán sus soluciones ante un jurado, en una jornada que tendrá como expositores al biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, y al CTO de una de las principales mineras tech del mundo.
La clasificadora destacó la elevada capacidad de generación de resultados y flujos de caja de la compañía, junto con sus niveles de endeudamiento controlados y una robusta posición de liquidez.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).