DOLAR
$994,00
UF
$41.252,94
S&P 500
7.580,95
FTSE 100
10.736,14
SP IPSA
11.315,26
Bovespa
168.176,02
Dólar US
$994,00
Euro
$1.110,04
Real Bras.
$182,82
Peso Arg.
$0,65
Yuan
$149,37
Petr. Brent
111,34 US$/b
Petr. WTI
101,85 US$/b
Cobre
6,51 US$/lb
Oro
3.919,00 US$/oz
UF Hoy
$41.252,94
UTM
$72.151,00
¿Eres cliente nuevo?
REGÍSTRATE AQUÍLa falta atribuida a la estatal petrolera fue por supuestas prácticas anticompetitivas, al no aceptar a Micom como cliente.
Por: Equipo DF
Publicado: Martes 22 de abril de 2008 a las 18:03 hrs.
El Tribunal De la Libre Competencia (TDLC) resolvió rechazar la demanda interpuesta por MICOM S.A. en contra de la Empresa Nacional de Petróleo (ENAP) por una supuesta negativa a contratar.
La sentencia explica que el tribunal estimó que diversos antecedentes allegados al proceso permitieron concluir que la negativa de ENAP a aceptar a MICOM como cliente tendrían una justificación comercial, por lo que "dicha conducta no puede ser considerada anticompetitiva".
La entidad agregó que "no existen antecedentes en el proceso que permitan establecer que las exigencias técnicas y de infraestructura hechas por ENAP a MICOM para aceptarla como cliente, sean arbitrarias o discriminatorias, sino que, por el contrario, parecen justificarse en la necesidad de realizar la actividad de distribución de combustibles líquidos de manera segura".
No obstante lo anterior, el tribunal consideró que en caso que MICOM aceptare pagar al contado el combustible que adquiera, y acreditare contar con infraestructura propia o de terceros distintos de ENAP, que le permitan ser provista de combustibles líquidos en forma segura y de conformidad a la legislación y normativa vigente, ENAP no podría negarse a inscribirla en su registro de clientes ni a celebrar con ella el o los contratos que sean necesarios para abastecer a MICOM, con el fin que ésta última pueda actuar como distribuidor mayorista de combustibles.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
La iniciativa habilita a Corfo para aportar capital en fondos de fondos y directamente en vehículos de capital de riesgo, con un tope de US$ 25 millones para su primer año de operación.
La Superintendencia de Salud de ese país recomendó no aprobar el cambio de propiedad de Aliansalud EPS, uno de los activos considerados en el acuerdo. El fondo espera una respuesta inminente a su apelación.
Los trabajos, financiados por la Subdere, debieron finalizar en febrero; sin embargo y tras cuatro prórroga, no cumplieron con los plazos. Hoy la constructora Tromen enfrenta multas por este proyecto que superan los $ 41 millones.