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REGÍSTRATE AQUÍLa Sala de la Cámara le dio luz verde al proyecto con 109 votos a favor.
Por: Claudia Rivas
Publicado: Lunes 3 de noviembre de 2025 a las 19:40 hrs.
Lentamente, pero a paso seguro sigue avanzando en el Congreso el proyecto refundido de una serie de iniciativas ingresadas de manera transversal que modifica el Código del Trabajo para extender el permiso laboral a trabajadores, en caso de muerte de una mascota o animal de compañía, debidamente inscrita en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía.
La iniciativa que está en primer trámite constitucional y a la que el Ejecutivo le puso suma urgencia, se votó esta jornada en la Sala de la Cámara que la aprobó por amplio margen, ya que 109 diputados votaron a favor, siete en contra (la mayoría del Partido Republicano) –Cristián Araya, Juan Irarrázaval, Harry Jürgensen (Indep. Part. Rep.), Benjamín Moreno, Agustín Romero, Luis Sánchez, y la UDI Flor Weisse-; y, seis se abstuvieron (mayoritariamente del Partido Nacional Libertario -Gonzalo de La Carrera (PNL), Jorge Durán (RN), Juan Fuenzalida (UDI), Johannes Kaiser (PNL), Paula Labra y Leonidas Romero (PNL)-.
Con esta alta aprobación, el proyecto continuará su segundo trámite en el Senado. La idea matriz o fundamental del proyecto, según se señala en el informe, es modificar el artículo 66 del Código del Trabajo, incorporando tres incisos, con el objeto de otorgar un permiso laboral pagado al trabajador o trabajadora por el fallecimiento de su mascota o animal de compañía, debidamente inscrita en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía.
Entre otras cosas, para concretar el permiso, el trabajador tendrá que dar aviso a su empleador de que ejercerá este derecho, previa exhibición de la documentación necesaria que acredite el fallecimiento de su mascota o animal de compañía.
Por otro lado, el citado permiso deberá utilizarse dentro de los cinco días hábiles siguientes al deceso y sólo podrá hacerse valer por quien aparezca inscrito como dueño en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía. El día de permiso deberá remunerarse y el trabajador deberá recuperar dicha jornada en acuerdo con el empleador, dentro de los siguientes noventa días.
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